La defensa del exprocurador pidió declarar extinguida la acción penal y cerrar definitivamente el proceso, alegando que está próximo a cumplir seis años y que las dilaciones son atribuibles al Ministerio Público.
Distrito Nacional, República Dominicana.- El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional aplazó para el próximo lunes 17 de agosto la lectura de su decisión sobre la solicitud de extinción de la acción penal presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez.
El fallo estaba previsto para este miércoles, pero fue reprogramado administrativamente por la secretaría del tribunal, presidido por la magistrada Claribel Nivar e integrado además por las juezas Yisell Soto y Clara Castillo.
Los abogados de Rodríguez, Carlos Balcácer y Nelly Rivas, solicitaron declarar extinguida la acción penal y disponer el cierre definitivo del proceso. La defensa sostiene que el expediente está próximo a superar los seis años de duración y atribuye las demoras al Ministerio Público.
Como parte de sus argumentos, los abogados señalaron que la etapa investigativa se prolongó durante casi dos años, a lo que se sumó una prórroga de cuatro meses solicitada por el órgano acusador y una posterior intimación judicial para que concluyera.
La defensa también alegó que dos tribunales han establecido que las dilaciones no son responsabilidad del imputado y recordó que Rodríguez permaneció privado de libertad durante cuatro años.
Ministerio Público rechaza extinción
El órgano acusador solicitó al tribunal rechazar la petición al considerar que carece de fundamento jurídico y sostener que el propio imputado y sus abogados han promovido actuaciones que han retrasado el conocimiento del proceso y de las pruebas.
El director general de Persecución, Wilson Camacho, y la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), Mirta Ortiz, argumentaron que la extinción procesal constituye una sanción para situaciones de inactividad o conducta defectuosa de las partes, pero no debe aplicarse cuando la duración del proceso responde a la complejidad del expediente.
Ortiz explicó que circunstancias como problemas de salud, intervenciones quirúrgicas, solicitudes realizadas por la defensa, derechos del personal judicial y la carga laboral de los tribunales no pueden ser atribuidas exclusivamente al Ministerio Público.
La funcionaria también citó como precedente una resolución emitida por el mismo tribunal el 17 de marzo de 2025 en el proceso seguido contra Juan Alexis Medina Sánchez, en la que fue rechazada una solicitud de extinción similar.
Según Ortiz, las dilaciones registradas en el caso de Jean Alain Rodríguez responden, en parte, a una estrategia de las defensas para prolongar el proceso. Como ejemplo, señaló que una de ellas presentó cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales que llevan la investigación, actuaciones que, a su juicio, tuvieron como efecto paralizar las pesquisas.
La decisión del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional será conocida el lunes 17 de agosto, cuando las juezas determinen si acogen o rechazan la solicitud de extinción de la acción penal.
