La defensa de Antonio y Maribel Espaillat López solicita anular la resolución que cambió la calificación de homicidio involuntario a homicidio voluntario bajo la figura del dolo eventual, alegando violaciones al principio de legalidad penal, la presunción de inocencia y el derecho de defensa.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.– La defensa técnica de los hermanos Antonio y Maribel Espaillat López interpuso un recurso de apelación contra la resolución judicial que modificó la calificación jurídica del proceso relacionado con la tragedia del centro nocturno Jet Set, al considerar que la decisión vulnera principios constitucionales y garantías fundamentales del proceso penal dominicano.
Mediante el recurso, los abogados solicitan la revocación y nulidad de la Resolución núm. 042-2026-TRES-00048, dictada el 15 de octubre de 2026 por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, que sustituyó la calificación de homicidio y golpes y heridas involuntarios por la de homicidio y golpes y heridas voluntarios, bajo la figura jurídica del denominado dolo eventual.
La modificación fue solicitada por partes querellantes, sin que el Ministerio Público se adhiriera a esa petición, según expone la defensa en su recurso.
Los representantes legales de los imputados cuestionan tanto los fundamentos jurídicos de la decisión como el procedimiento utilizado por el tribunal para adoptarla. Por ello, solicitan que el proceso continúe bajo la calificación jurídica establecida en el auto de apertura a juicio.
Defensa cuestiona aplicación del dolo eventual
Uno de los principales argumentos del recurso es la supuesta vulneración del principio de legalidad penal, garantía constitucional que establece que las conductas sancionables y sus consecuencias deben estar previstas en la ley.
La defensa sostiene que la resolución recurrida utiliza una construcción desarrollada por la doctrina jurídica para atribuir a las disposiciones del Código Penal un alcance que, a su juicio, no fue establecido expresamente por el legislador.
En ese sentido, los abogados recuerdan que la legislación penal debe interpretarse de manera estricta y advierten que las figuras doctrinales no pueden sustituir la voluntad del legislador ni emplearse para ampliar la responsabilidad penal de los ciudadanos en perjuicio de los imputados.
Como parte de su argumentación, señalan que el nuevo Código Penal contempla disposiciones específicas sobre muertes ocasionadas por negligencia y sobre incumplimientos de obligaciones de seguridad en establecimientos comerciales y lugares de espectáculos.
A juicio de los recurrentes, estas previsiones legislativas evidencian la importancia de distinguir entre las conductas imprudentes y aquellas que pueden atribuirse a título de dolo, sin perjuicio de las reglas sobre la aplicación retroactiva de la ley penal más favorable cuando corresponda.
Alegan violaciones a la presunción de inocencia
Otro de los cuestionamientos planteados por la defensa se refiere a los pronunciamientos contenidos en la resolución, que, según los abogados, habrían anticipado conclusiones sobre la responsabilidad penal de los procesados antes de concluir la presentación de las pruebas de la acusación y de que comenzara la exposición de los elementos de descargo.
Los recurrentes sostienen que el tribunal llegó a considerar probada la teoría acusatoria respecto de delitos dolosos, lo que, a su entender, compromete la presunción de inocencia y las garantías de imparcialidad que deben regir el proceso.
La defensa considera que cualquier determinación sobre la responsabilidad penal debe producirse luego de la valoración integral de las pruebas y del ejercicio efectivo del derecho de contradicción por todas las partes involucradas.
Cuestionan el procedimiento para modificar los cargos
El recurso también impugna la interpretación y aplicación de los artículos 327 y 328 del Código Procesal Penal, disposiciones que regulan aspectos relacionados con la calificación jurídica de los hechos durante el juicio y la consideración de circunstancias nuevas.
Según los abogados, el tribunal aplicó indebidamente estas normas al modificar una calificación que ya había sido objeto de discusión durante la etapa preliminar.
La defensa argumenta que el artículo 327 permite advertir a las partes sobre una posible calificación jurídica distinta, pero sostiene que esa disposición no autorizaba al tribunal a adoptar anticipadamente la variación planteada en este caso.
Asimismo, cuestiona la aplicación del artículo 328, al considerar que no surgieron hechos o circunstancias nuevos durante el juicio que justificaran el procedimiento empleado.
A partir de estas objeciones, los representantes legales solicitan que la Corte de Apelación examine si la decisión impugnada se ajustó a las reglas procesales y a las garantías que protegen a los imputados.
Denuncian limitaciones al derecho de defensa
Los abogados también alegan que durante la discusión de la solicitud de cambio de calificación jurídica se produjo un desequilibrio entre las partes.
De acuerdo con el recurso, el tribunal permitió intervenciones de réplica a los representantes de la acusación, pero posteriormente cerró el debate sin conceder a la defensa la correspondiente contrarréplica ni permitir que los imputados ejercieran su defensa material respecto de la petición formulada.
La defensa entiende que estas actuaciones afectaron la igualdad procesal, el principio de contradicción y el derecho de defensa, al limitar la posibilidad de responder a los argumentos utilizados para sustentar el agravamiento de los cargos.
Los recurrentes solicitan que estas alegadas irregularidades sean examinadas por la Corte de Apelación como parte de los fundamentos para revocar y anular la resolución.
Defensa sustenta admisibilidad del recurso
Otro de los puntos abordados es la admisibilidad de la apelación. Los abogados afirman que existen precedentes de la Suprema Corte de Justicia que permiten, en determinadas circunstancias excepcionales, recurrir decisiones judiciales distintas de las sentencias condenatorias o absolutorias.
Según la defensa, en este caso concurren dos fundamentos independientes: la declaración de incompetencia que desapoderó al tribunal del conocimiento del juicio y las presuntas vulneraciones de derechos fundamentales que atribuye a la resolución recurrida.
No obstante, corresponderá a la Corte de Apelación determinar si el recurso cumple con los requisitos legales para ser admitido y, posteriormente, examinar los argumentos presentados por los recurrentes.
Solicitan mantener la calificación de homicidio involuntario
Como conclusión de sus pretensiones, los abogados de Antonio y Maribel Espaillat López solicitan que la Corte de Apelación revoque y declare nula la resolución dictada el 15 de octubre de 2026.
También piden que el proceso continúe bajo la calificación jurídica de homicidio y golpes y heridas involuntarios, conforme al auto de apertura a juicio, ante un tribunal unipersonal distinto del que emitió la decisión cuestionada.
La defensa afirma que sus planteamientos no buscan desconocer la gravedad de la tragedia ocurrida en el Jet Set, sino garantizar que el proceso judicial se desarrolle con apego a la Constitución, las leyes y las garantías fundamentales.
La apelación abre una nueva etapa de revisión judicial sobre la decisión que agravó la calificación jurídica de los hechos. La resolución que adopte la Corte de Apelación determinará el curso procesal de los cuestionamientos planteados por los representantes legales de los imputados.
